5.º Las puertas de emergencia deberán abrirse en torno a el exterior y no deberán estar cerradas, de forma que cualquier persona que necesite utilizarlas en caso de aprieto pueda abrirlas obediente e inmediatamente. Estarán prohibidas las puertas específicamente de emergencia que sean correderas o giratorias. Adicionalmente, la Directiva Marco https://manuelfbxrn.activoblog.com/41125873/la-guía-definitiva-para-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-perú