La Sentencia del TSJ de Cataluña de 11 de mayo de 2005 considera como accidente laboral al comparecer a inquirir a su hijo al colegio donde está el pequeño escolarizado a pesar de que se encuentre a 15 kilómetros de distancia del domicilio. Dicha sentencia establece que: “el domicilio https://josueaqfxd.blogchaat.com/32613223/accidente-de-trabajo-es-todo-suceso-repentino-que-sobrevenga-cosas-que-debe-saber-antes-de-comprar